GestFuturo Software de taller emite el resguardo de depósito, que es un documento indispensable en la gestión del taller.
No hace mucho, uno de nuestros usuario se enfrento al problema de haber reparado un vehículo y negarse el propietario a retirarlo ya que no podía o no quería abonar la factura del taller.
Es probable que más de uno de nuestros lectores se haya tenido que enfrentar a esta situación; y a quien no le haya sucedido todavía le recordamos lo siguiente:
Software de taller: Obligación del resguardo de depósito
Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
Art. 14. 7. En todos los casos en que el vehículo quede depositado en el taller, tanto para la elaboración de un presupuesto como para llevar a cabo una reparación previamente aceptada, el taller entregará al usuario un resguardo acreditativo del depósito del vehículo. En los casos en que exista presupuesto, éste, debidamente firmado por el taller y el usuario, hará las veces de resguardo de depósito.
En definitiva, para poder plantear una reclamación contra el cliente es indispensable presentar un documento que justifique la presencia de ese vehículo en nuestro taller. La falta dicho justificante puede suponer que nos veamos obligados a devolver el vehículo a su propietario sin recibir sin ningún tipo de pago.
Por eso insistimos a los usuarios del software de taller que emitan el resguardo de depósito; Es el primer paso para probar que el cliente moroso nos ha solicitado una reparación, además de que en si nos vemos sometidos a una inspección de consumo se nos va a exigir que cada vehículo presente en el taller tenga su correspondiente resguardo de depósito.
Como es habitual, si desean conocer esta u otras características de nuestro programa de gestión para taller, nuestro equipo queda a su disposición a través de los medios habituales de contacto o llamando al 951 464 351