El programa para taller mecánico de Futuro Informática también dispone de un apartado de empleados dónde se anota información acerca de estos, que no esté relacionada directamente con un documento de compra o venta.
En el podemos anotar sus datos como domicilio, DNI, también las incidencias relacionadas con la asistencia y el registro de la jornada laboral, las nóminas, ademas de acceder a informes de horas de trabajo en las órdenes de reparación.
Obligatoriedad del registro retibutivo
Desde el 14 de abril de 2021 surge una nueva obligación: la llevanza de un registro retributivo independientemente del tamaño y tipo de empresa.
En el se anotarán los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y de acuerdo a lo que se establece en el Real decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
En este registro se calculara la media y la mediana de cada uno de los salarios y demás distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
El objeto de este registro es el poner a disposición de los trabajadores (personas trabajadoras según el RD) que lo soliciten, o los representantes sindicales si los hubiera, dicha información. En el caso de que lo solicite un trabajador, (o trabajadora) la empresa le facilitará las diferencias porcentuales entre los salarios, complementos y demás, En el caso de que sean los representantes sindicales se le facilitará la información completa.
Les recomendamos que consulten con su gestor administrativo o laboral para la elaboración de dicho registro, que dado que variará poco en el tiempo y que no afecta al funcionamiento del taller no estará presente por el momento en el programa para taller mecánico
Si desean más información, no tienen más que llamar al 951 464 351